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¿Cuáles son los pasos y requisitos para constituir una SAS en Colombia como extranjero?

Juan Valdez
1 hour ago
10 min read
¿Cuáles son los pasos y requisitos para constituir una S.A.S. en Colombia como extranjero?
¿Cuáles son los pasos y requisitos para constituir una S.A.S. en Colombia como extranjero?

¿Cuáles son los pasos y requisitos para constituir una SAS en Colombia como extranjero?

Colombia se ha consolidado como un polo dinámico para los negocios, la inversión internacional y el desarrollo corporativo en América Latina. La riqueza de sus regiones, la solidez de sus instituciones comerciales y la apertura a la inversión extranjera directa han impulsado a cientos de inversionistas de todo el mundo a buscar oportunidades de negocio en sectores estratégicos como la tecnología, la hotelería boutique, los servicios globales y el agro. Dentro de este contexto, la Sociedad por Acciones Simplificada, conocida por sus siglas como S.A.S., se erige como el vehículo jurídico por excelencia.


Diseñada bajo los lineamientos de la Ley 1258 de 2008, la S.A.S. transformed el panorama empresarial colombiano. Ofrece una flexibilidad contractual sin precedentes, una responsabilidad limitada a los aportes de los accionistas y una estructura administrativa altamente adaptable que encaja perfectamente con las necesidades de un empresario internacional. Si estás explorando alternativas de negocios o planeando la estructuración de tu inversión en el país, comprender la ruta legal y comercial para formalizar una SAS siendo extranjero es el primer paso hacia el éxito corporativo.


Como expertos en estrategia de negocios y comercialización internacional con amplia trayectoria en el mercado colombiano, guiamos a inversionistas extranjeros a través de los aspectos legales, administrativos y bancarios para crear una estructura sólida, ágil y totalmente alineada con la normativa vigente. ¿Cuáles son los pasos y requisitos para constituir una SAS en Colombia como extranjero?



Por qué elegir la Sociedad por Acciones Simplificada para invertir en Colombia

Antes de profundizar en el procedimiento administrativo, es primordial analizar las ventajas competitivas que convierten a la S.A.S. en la tipología societaria preferida por más del noventa por ciento de las nuevas empresas en el país.


En primer lugar, la S.A.S. permite la constitución unipersonal. Esto significa que una sola persona natural o jurídica, colombiana o extranjera, puede ser la titular del cien por ciento de las acciones, eliminando la exigencia tradicional de contar con múltiples socios fundadores.


En segundo lugar, se destaca por su marcada responsabilidad limitada. Salvo en escenarios excepcionales de fraude a la ley, la responsabilidad fiscal y contable de los accionistas queda restringida de forma estricta al monto correspondiente a sus aportes al capital social, blindando el patrimonio personal del inversionista.


Un tercer aspecto sumamente atractivo es la libertad de configuración estatutaria. Los estatutos de una S.A.S. pueden amoldarse casi a cualquier requerimiento operativo. No es obligatorio conformar una junta directiva, de modo que el control administrativo puede recaer de forma directa y simplificada sobre un representante legal.   


Adicionalmente, el objeto social de la empresa puede redactarse de forma indefinida o indeterminada, lo cual faculta a la sociedad para realizar cualquier actividad mercantil o civil lícita en el territorio nacional o en el exterior. Esta amplitud estratégica es ideal si buscas dinamizar diversas líneas de negocio sin tener que hacer reformas estatutarias constantes.


Finalmente, la facilidad documental es un diferenciador clave: salvo cuando se aportan bienes inmuebles que requieran escritura pública, la constitución de la S.A.S. se efectúa mediante un documento privado de carácter sencillo.   


Requisitos previos a la constitución de la S.A.S. para inversionistas extranjeros   

Para iniciar el trámite con pie firme, todo inversionista internacional debe reunir una serie de requisitos fundamentales exigidos por las entidades gubernamentales y las cámaras de comercio.


Documento de identidad válido y vigente

Si el accionista extranjero es una persona natural que se encuentra dentro del territorio colombiano al momento del trámite, puede presentar su pasaporte original con el sello de ingreso vigente o su cédula de extranjería si ya reside en el país. Si el accionista es una persona jurídica (una sociedad extranjera), deberá aportar el certificado de existencia y representación legal de su casa matriz, el cual debe expedirse por la autoridad competente de su país de origen, contar con la correspondiente apostilla o legalización consular y ser traducido al español por un traductor oficial certificado si está en otro idioma.


Definición del Representante Legal

La legislación colombiana permite que el representante legal de la S.A.S. sea un ciudadano extranjero. Sin embargo, para efectos operativos cotidianos, firma de trámites ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y solicitudes ante entidades bancarias, es imprescindible que la persona que actúe en representación legal cuente con facultades de firma autorizada dentro de Colombia y disponga de una cédula de extranjería o residencia legal que le otorgue visa apta para trabajar. En muchos casos, los extranjeros optan por nombrar temporalmente a un representante legal sustituto o apoderado de nacionalidad colombiana para facilitar la apertura de cuentas y formalización fiscal mientras se surten los trámites migratorios principales.


Elección de la Razón Social y Verificación de Homonimia

Es indispensable validar que el nombre proyectado para la sociedad no esté registrado por otra compañía en la base de datos nacional del Registro Único Empresarial y Social (RUES). La razón social elegida debe incluir siempre las palabras Sociedad por Acciones Simplificada o la sigla S.A.S. al final de la denominación.


Determinación del Domicilio y la Dirección Notificable

La sociedad debe establecer una dirección física y virtual de domicilio dentro del territorio colombiano para efectos fiscales, administrativas y de correspondencia legal. Si estás planeando estructurar operaciones en la región antioqueña, fijar el domicilio de la empresa en municipios estratégicos de Antioquia otorga una proyección comercial muy valiosa ante aliados locales.


Definición del Capital y Estructura Accionaria

En la S.A.S. existen tres categorías de capital:


  • Capital autorizado: La meta o techo de capitalización que la empresa proyecta tener.


  • Capital suscrito: La parte del capital autorizado que los accionistas se comprometen formalmente a pagar.


  • Capital pagado: El monto económico efectivamente ingresado a la caja o cuentas sociales de la empresa.


La normativa colombiana concede un plazo bastante amplio de hasta dos años para que los accionistas paguen la totalidad del capital suscrito, otorgando un margen de maniobra financiera muy cómodo para la entrada gradual de capitales extranjeros.   


Pasos detallados para constituir la S.A.S. en Colombia   

El procedimiento para materializar tu nueva sociedad exige orden, claridad técnica y estricto apego a las etapas legales estipuladas.


Estructuración de Estatutos Sociales -> Obtención de Pre-RUT -> Registro ante la Cámara de Comercio -> Asignación de NIT Definitivo -> Apertura de Cuenta Bancaria -> Registro de Inversión Extranjera

Paso 1: Elaboración de los estatutos sociales de la empresa

El corazón del trámite es el documento privado de constitución. Este contrato social debe ser redactado con detalle y precisar elementos sustanciales como los datos completos de los accionistas, la razón social, el domicilio principal, la vigencia (que puede ser indefinida), una descripción clara del objeto social principal acompañado de los códigos CIIU de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme, la suma detallada del capital, y las atribuciones administrativas del representante legal.


Paso 2: Tramitación del Pre-RUT ante la autoridad fiscal

Previo a la radicación en la Cámara de Comercio correspondiente a la jurisdicción elegida, se debe generar la solicitud del Registro Único Tributario en estado provisional (Pre-RUT) ante la DIAN. Este formulario preliminar identifica a la sociedad en formación bajo la leyenda "para trámite en Cámara de Comercio".


Paso 3: Diligenciamiento de formularios RUES y radicación mercantil   

Se diligencian formalmente los formularios del Registro Único Empresarial y Social (RUES), anexando la información sobre activos iniciales, personal proyectado, dirección de notificación judicial, encuesta de formalización y la composición detallada del capital (especificando el porcentaje de participación proveniente de inversión extranjera). Se radican los estatutos privados, fotocopias legibles de los documentos de identidad o poderes notariales, y se realiza el pago correspondiente de los derechos de matrícula mercantil e impuesto de registro.


Paso 4: Obtención de la Matrícula Mercantil y NIT definitivo

Una vez revisada la documentación por el área jurídica de la Cámara de Comercio correspondiente, la entidad procede a la inscripción en el registro mercantil. De forma coordinada e interoperable con la DIAN, se expide el Número de Identificación Tributaria (NIT) definitivo y el certificado de existencia y representación legal de la nueva empresa.


Paso 5: Apertura de la cuenta bancaria corporativa y habilitación fiscal

Con el certificado de existencia y representación legal junto con el NIT definitivo, el representante legal gestiona la apertura de la cuenta corriente o de ahorros a nombre de la S.A.S. en una entidad financiera del sistema colombiano. Superado el protocolo de conocimiento del cliente (KYC), se realiza la activación definitiva del RUT ante la DIAN, vinculando la cuenta bancaria corporativa y solicitando la resolución de autorización de facturación electrónica.


Paso 6: Canalización y registro de la inversión extranjera

Este es un paso crítico e ineludible para todo inversionista internacional. El envío de recursos desde el exterior hacia la cuenta bancaria de la empresa en Colombia para el pago del capital suscrito debe realizarse mediante el mercado cambiario formal. La divisa debe monetizarse utilizando los formularios de declaración de cambio correspondientes, notificando adecuadamente el giro bajo el concepto de Inversión Extranjera Directa ante el Banco de la República. Un canalizado correcto ante la banca central garantiza la legalidad de los giros y permite la repatriación de utilidades a futuro sin contratiempos fiscales.


Oportunidades de inversión en Colombia e integración de negocios

Constituir una S.A.S. es el pilar legal que abre la puerta a múltiples oportunidades económicas y desarrollos inmobiliarios de gran escala en el país. Muchos inversionistas globales deciden establecer su estructura jurídica precisamente para canalizar compras de activos estratégicos, administración de tierras productivas o proyectos agroindustriales.


La visión estratégica de capitalizar inversiones en tierras fértiles se consolida al adquirir propiedades con vocación agrícola y ambiental. Opciones orientadas a la compra de tierra, proyectos de desarrollo sostenible y sectores tradicionales con demanda internacional posicionan a regiones como el suroeste antioqueño en el centro de atención. La adquisición de predios de alta calidad para la siembra o producción especializada ofrece un balance perfecto entre preservación patrimonial y desarrollo operativo.


Para quienes rastrean opciones como #FarmsForSaleInColombia, #ColombianCoffeeFarmsForSale, #CoffeeFarmsForSaleColombia o #CoffeeFarmForSaleColombia, la figura de la S.A.S. resulta sumamente eficiente. Permite adquirir los activos bajo la personería jurídica de la empresa, deducir costos operativos, contratar personal formalmente y comercializar cosechas o productos directamente a escala local e internacional.


Asimismo, explorar iniciativas ligadas a #ColombianLandForSale, #CoffeeFarmsInColombiaForSale, #FincaForSaleColombia y la búsqueda general de #FarmsForSaleInColombia o #BuyingPropertyInColombia mediante una sociedad formalizada, facilita la gestión tributaria centralizada y simplifica procesos sucesorales o de cesión de cuotas entre inversionistas globales.


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La importancia de un respaldo especializado para el éxito de tu empresa

La formalización legal de la empresa es solo el punto de partida. Para posicionar una marca, escalar un modelo comercial o administrar propiedades comerciales y de uso mixto en zonas de alta valorización como Antioquia, el acompañamiento profesional marca la diferencia entre una operación pasiva y una empresa de alto rendimiento.


En el mercado antioqueño, disponemos de las propiedades con mayor potencial comercial en Jardín, así como servicios de marketing externalizado altamente calificados para escalar la presencia de nuevos negocios. Con perspectivas innovadoras, un equipo humano especializado y habilidades de alto nivel, acompañamos a las organizaciones a optimizar sus procesos de prospección e impulsar la efectividad de sus inversiones corporativas.


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Conclusión

Constituir una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) en Colombia como ciudadano o empresa extranjera es una decisión corporativa sumamente acertada. Su marco normativo flexible, la protección efectiva sobre la responsabilidad de los accionistas y la celeridad en sus trámites administrativos ubican a Colombia como un destino altamente competitivo para la inversión. Siguiendo una ruta clara que abarque la correcta redacción de los estatutos, la gestión rigurosa del NIT, la bancarización corporativa y el reporte de divisas ante el Banco de la República, cualquier inversionista internacional puede operar con plenitud de garantías legales y proyectar su negocio hacia el futuro. Con el soporte estratégico y profesional adecuado, tu empresa estará lista para florecer en los mercados más prósperos del país.


Preguntas Frecuentes (FAQs)

¿Es obligatorio viajar a Colombia para constituir una S.A.S.?

No es estrictamente indispensable que viaje al país. Todo el procedimiento de otorgamiento de estatutos y radicación mercantil puede realizarse mediante un apoderado legal en Colombia mediante un poder especial o general otorgado en el extranjero, debidamente apostillado o legalizado. No obstante, el representante legal designado sí deberá realizar trámites de identificación y firma ante la entidad bancaria elegida para la habilitación final de las cuentas corporativas.


¿Cuál es el monto de capital mínimo necesario para constituir una S.A.S.?

La Ley 1258 de 2008 no impone un monto de capital mínimo obligatorio para crear una S.A.S. Se puede constituir con la suma que los accionistas determinen conveniente según la naturaleza de sus operaciones. Sin embargo, si la meta del inversionista extranjero es postular posteriormente a una Visa de Inversionista tipo M en Colombia, la legislación migratoria exige acreditar una inversión registrada de capital que cumpla con los mínimos regulados en la normativa de visado vigente.


¿Un extranjero con pasaporte puede ser el Representante Legal de la empresa?   

El pasaporte es completamente válido para figurar como accionista de la S.A.S. No obstante, para que la función de representación legal se ejerza sin interrupciones operativas ante las autoridades fiscales y bancarias dentro del país, el representante legal principal debe poseer cédula de extranjería o contar con la condición migratoria habilitante para firmar actos en Colombia. Por ello, se recomienda contar con un representante suplente de nacionalidad colombiana durante la fase inicial de montaje.


¿Cuánto tiempo demora el proceso completo de constitución de la sociedad?

Desde el momento en que se cuentan con los estatutos firmados y los documentos del extranjero apostillados, el trámite en Cámara de Comercio y la obtención del NIT suele tardar entre 3 y 8 días hábiles. La etapa subsiguiente, correspondiente a la apertura de la cuenta bancaria e inscripción final de la inversión cambiaria, puede tomar de dos a cuatro semanas adicionales de acuerdo con los protocolos internos de verificación de cada banco.   


¿Es obligatorio contratar un revisor fiscal para la S.A.S.?

No es un requisito obligatorio de entrada para todas las S.A.S. La figura del revisor fiscal solo será obligatoria si los activos brutos o los ingresos brutos de la sociedad superan los topes fijados anualmente por la ley comercial colombiana (Ley 43 de 1990) o si una normativa especial relativa al sector de operación específico de la empresa así lo demanda.

 
 
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